¿Cómo se usa un pagaré?

Podemos definir el pagaré como un título de crédito mediante el cual un beneficiario o tenedor puede cobrar la cantidad que le adeuda quien lo emite en un plazo determinado.
Sin embargo, este documento tiene sus propias peculiaridades contables. Por ello, vamos a explicar cómo funciona, cuál es su validez y cómo se puede cobrar.

¿Cuál es la función de un pagaré?

La función del pagaré es el reconocimiento de una deuda. Quien lo emite o librador acepta que debe un dinero al beneficiario y que este podrá cobrarlo en un plazo de tiempo determinado. En caso de que no conste fecha en el documento, se entenderá como pagadero a la vista.
Por tanto, se utiliza fundamentalmente para conseguir recursos financieros por parte del acreedor. Este puede negociar con él para obtener dinero. Incluso puede endosarlo siempre que lleve la cláusula «a la orden».
El endoso consiste en ceder a un tercero, que puede ser una entidad financiera, los derechos de cobro del pagaré para obtener liquidez.

¿Cuál es la validez de un pagaré?

Este documento está regulado por la Ley Cambiaria y del Cheque. En ella se establece que un pagaré tiene una validez temporal, es decir, hay un tiempo límite para cobrarlo.
Concretamente, debe hacerse el día de vencimiento señalado en el propio documento o en los dos siguientes al mismo. Incumplir el plazo puede suponer la pérdida del derecho a reclamarlo judicialmente en caso de impago.
Sin embargo, también se puede gestionar un pagaré con una entidad bancaria. Es lo que se llama negociado de pagarés y permite al tenedor recibir el dinero antes del vencimiento a cambio de unos pequeños intereses y gastos.

¿Cómo hacer efectivo el pago de un pagaré?

El cobro de estos documentos figura regulado, a su vez, por el Código de Comercio. Este señala dos formas de recibir el dinero contemplado en un pagaré:

  • Cobrarlo directamente una vez ha llegado el vencimiento del mismo. Para ello, basta con presentar el documento en el lugar y fecha contemplados en él.
  • Negociarlo con una entidad bancaria tal como indicábamos anteriormente.

Por otra parte, si el pagaré se ha presentado al cobro en tiempo y forma, pero el librador no atiende al pago, también se puede reclamar. Concretamente, debe levantarse un protesto.
Se trata de un acta notarial que acredita no haberse abonado el pagaré. En este caso, el librador tiene dos días para pagarlo o para presentar alegaciones. Si, concluido este plazo, sigue sin abonarlo, la documentación volverá al tenedor para que ejerza las acciones legales que considere oportunas.
Finalmente, también existe un plazo para reclamar el incumplimiento de un pagaré: al igual que en la letra de cambio, es de tres años.

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